Indica que el texto incorpora íntegramente los ajustes de la sentencia del Tribunal Supremo que le daba parcialmente la razón

E.M.
El Mercantil Madrid
19 de septiembre de 2025
La patronal de empresas estibadoras Asoport se ha pronunciado acerca de la reciente extensión del V Acuerdo Marco de la Estiba, que, según la asociación portuaria, introduce una nueva redacción del texto que regirá hasta 2031. Asport celebra este paso porque “incorpora de manera íntegra los ajustes derivados de la sentencia del Tribunal Supremo” que fallaba parcialmente a favor de la asociación anulando apartados en los artículos 6, 11, 25, 26 y 37.1, que esencialmente imponían obligaciones a las empresas estibadoras en relación a los Centros Portuarios de Empleo (CPE) y con la Comisión Paritaria Sectorial Estatal, el órgano creado a partir del Acuerdo, y que estaba integrada por representantes sindicales y por miembros de Anesco.
El acuerdo suspende la obligación de financiar los CPE y declara la independencia empresarial de estos centros
Precisamente, entre las novedades más significativas que señala Asoport está la posibilidad de que las empresas puedan abandonar los CPE sin que ello implique un coste económico obligatorio, consolidando así una relación más directa entre compañías y trabajadores. “Así pues, más que una simple extensión temporal del acuerdo anterior, se trata de un marco renovado que adapta su contenido a la legalidad vigente”, sostiene Asoport. En concreto, la reciente sentencia del Alto Tribunal ya había introducido cambios sustanciales en el modelo de la estiba. La Comisión Paritaria, que hasta ahora ocupaba un lugar central, pierde buena parte de su relevancia: se elimina la obligación de todas las empresas de financiar el CPE, desaparece la exigencia de enviar informes sobre los periodos de prueba de los nuevos trabajadores y se anulan las restricciones que imponían un mínimo del 50% de jornada en los contratos a tiempo parcial.
“Desde Asoport consideramos positivo que esta nueva redacción recoja aspectos que durante años hemos venido defendiendo”, asevera la asociación estibadora. “Entendemos que este marco renovado supone un avance hacia un modelo más equilibrado y ajustado a la legalidad, en beneficio tanto de las empresas como de los trabajadores del sector”. Del mismo modo, el fallo del Alto Tribunal estableció que la salida de una empresa del CPE no puede conllevar contribuciones económicas obligatorias. La única condición es ofrecer a los trabajadores previamente contratados a través del CPE la posibilidad de incorporarse a la plantilla de la empresa. Otro aspecto es que la organización del trabajo corresponderá exclusivamente a cada empresa en diálogo con sus trabajadores, siempre dentro de la normativa laboral, sin necesidad de intervención de órganos externos como la Comisión Paritaria.

