El puerto de Barcelona ha publicado en el BOE de este martes la nueva ordenanza de operaciones ferroviarias y ocupación de vías en las terminales ferroviarias de su zona de servicio.
Como publicamos en el mes de agosto, la aprobación de la nueva ordenanza por parte del puerto catalán tiene el objetivo de hacer más ágiles las operativas de carga y descarga de los trenes de mercancías y favorecer el incremento de la intermodalidad marítimo-ferroviaria.
La nueva ordenanza del puerto de Barcelona actualiza la normativa anterior y permitirá optimizar las operativas ferroviarias y minimizar los tiempos de espera de los operadores. La ordenanza establece un marco horario para las ventanas de carga y descarga de los convoyes y unos tiempos máximos para las operativas, que podrá aplicarse en caso de que haya que dejar libre las vías.
La ordenanza propone cuatro ventanas de carga y descarga: a las 8:00, 14:00, 20:00 y 02:00 horas

La nueva ordenanza propone cuatro ventanas de carga y descarga: a las 8:00, 14:00, 20:00 y 02:00 horas, facilitando así que los operadores ferroviarios y las empresas cargadoras puedan realizar sus operaciones en cualquier momento del día.
También establece los tiempos máximos para las operativas, que podrán aplicarse en caso de necesidad de ocupación de las vías. Estos tiempos máximos van de las tres horas para los convoyes de contenedores de 450 metros, con capacidad para 35 UTI (unidades de transporte intermodal), hasta las cinco horas por los convoyes de 750 metros y 60 UTI.
Para el transporte ferroviario de vehículos, la ordenanza establece cuatro horas por los convoyes de 550 metros y 6 horas por los de 750, que pueden transportar hasta 300 unidades.
Los tiempos máximos para las operativas van de las tres horas para los convoyes de contenedores de 450 metros, con capacidad para 35 UTI, hasta las cinco horas por los convoyes de 750 metros y 60 UTI. Para el transporte ferroviario de vehículos, la ordenanza establece cuatro horas por los convoyes de 550 metros y 6 horas por los de 750, que pueden transportar hasta 300 unidades
En caso de conflicto entre operadores, o de estos con la terminal, el puerto de Barcelona podrá actuar de árbitro
El puerto de Barcelona determinará la orden para ocupar una vía de una terminal ferroviaria portuaria, con el criterio de optimizar la explotación ferroviaria del puerto y minimizar los tiempos de espera. La operativa en la terminal ferroviaria portuaria (la ventana de carga y descarga: vía, hora, etc.), vendrá determinada por el Departamento de Operaciones de la empresa cargadora del tren.
En caso de conflicto entre operadores, o de estos con la terminal, el puerto de Barcelona podrá actuar de árbitro, “velando siempre por la no discriminación entre terminales, operadores, y cargadores y buscando la mejor eficiencia y competitividad de los servicios ferroviarios”, explica el comunicado de la Autoridad Portuaria.
El puerto de Barcelona publicará y hará llegar a los operadores y cargadores el Plan de Transportes entre la Terminal de Can Tunis y las instalaciones del puerto que ADIF elaborará en cada caso, y ha desarrollado una aplicación específica, el Sostrat Ferroviari, que permite realizar el seguimiento de las diferentes circulaciones y operativas.
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