La propuesta de Bruselas, que mete un tijeretazo al plazo que la carga puede estar en un depósito temporal, impone trámites “inviables y farragosos”, según Anesco
Danny Cornelissen (Port of Rotterdam)
IÑAKI CARRERA Bilbao
7 de febrero de 2024
La reforma del Código Aduanero de la Unión (CAU) propuesta por la Comisión Europea tendrá un efecto negativo en la competitividad de las empresas estibadoras y las dársenas europeas, por donde se mueve el 75% del comercio exterior, que podrían perder su atractivo para mantener e incrementar los flujos de carga en favor de terceros países, según Espo (Organización Europea de Puertos Marítimos). Por su parte, fuentes de la patronal española de empresas estibadoras (Anesco), integrada en la federación europea Feport, aseguran que la proposición “deteriora la operatividad de las terminales”, ya que impone procedimientos “inviables” y trámites “farragosos”.
Las empresas estibadoras aseguran que la proposición “deteriora la operatividad de las terminales”
Para los puertos de Espo y las empresas de Anesco y Feport, los puntos más controvertidos de la propuesta del Ejecutivo que preside von der Leyen son el recorte drástico del periodo que la carga puede estar almacenada en un depósito temporal (ADT). De hecho, se plantea pasar de los 90 días actuales a sólo entre tres y seis jornadas, y el aumento de sus obligaciones aduaneras, lo que se traduce en más costes administrativos y operativos.
El nuevo CAU persigue armonizar la gestión de riesgos gracias a la introducción de un centro de datos (EU Customs Data Hub), basado en inteligencia artificial y que funcione como una verdadera ventanilla única, y la creación de una Autoridad Aduanera de la UE, que opere como una agencia descentralizada, y de un nuevo operador de confianza (Trust and Check Trader) para mejorar y reformar el sistema del actual Operador Económico Autorizado (OEA).
La reforma del CAU se encuentra en una fase incipiente y ahora se está debatiendo en la comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (IMCO), que, en principio, habría abierto un respiradero para las demandas de los terminalistas y los puertos comunitarios. Esta comisión de la Eurocámara ha propuesto enmiendas para mantener el límite de 90 días en los depósitos temporales y simplificar los requisitos de información para los operadores de depósitos aduaneros. Estas enmiendas, que tienen que ser aprobadas en pleno y luego apoyadas por el Consejo de la UE, han sido “recibidas con satisfacción” por las tres organizaciones (Espo, Feport y Anesco). En concreto, la modificación del CAU establece que las mercancías no podrán permanecer en depósito temporal más de 10 días para garantizar una supervisión adecuada y que deben incluirse en un régimen aduanero entre tres y seis días después de la notificación de su llegada.
Se han planteado enmiendas para mantener el límite de 90 días en los depósitos temporales
“En la actualidad, las terminales asumimos normalmente el papel de operadores de almacenes de depósito temporal (ADT). Las mercancías pueden permanecer en la instalación hasta 90 días, tras los cuales deben ser reexportadas o incluidas en un régimen aduanero. Durante ese tiempo, los operadores de ADT deben asegurarse de que las mercancías no sean sustraídas a la vigilancia aduanera”, explican desde Feport.
Los medios de Anesco, por su parte, destacan que “el plazo inicial era de 45 días y luego pasó a 90 días, por lo que no entendemos por qué hay que reducirlo”. En opinión de Feport, el tijeretazo del plazo temporal plantea “problemas prácticos y operativos”. En primer lugar, la propuesta de reforma considera que las mercancías están en depósito temporal desde el momento en que el transportista notifica su llegada al territorio aduanero de la UE, lo que “podría ocurrir antes de que las mercancías sean efectivamente descargadas”.