{"id":2222,"date":"2022-10-26T08:29:49","date_gmt":"2022-10-26T08:29:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.oepb.org\/web\/?p=2222"},"modified":"2022-10-26T08:29:49","modified_gmt":"2022-10-26T08:29:49","slug":"el-boe-publica-por-fin-la-aprobacion-del-marco-estrategico-del-sistema-portuario-de-interes-general","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.oepb.org\/web\/2022\/10\/26\/el-boe-publica-por-fin-la-aprobacion-del-marco-estrategico-del-sistema-portuario-de-interes-general\/","title":{"rendered":"El BOE publica, por fin, la aprobaci\u00f3n del Marco Estrat\u00e9gico del sistema portuario de inter\u00e9s general."},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">REVISTA PUERTOS Y NAVIERAS &#8211; 26\/10\/2022<br>An\u00e1lisis.<br><br>El MITMA lo rebaja a una mera<em>\u00a0\u00abgu\u00eda para la planificaci\u00f3n\u00bb,\u00a0<\/em>que cumplir\u00e1 quien quiera.<br><br>Obsoleto y ahora recortado.<br><strong><br><\/strong><strong>El tantas veces anunciado marco estrat\u00e9gico de Puertos del Estado ha sido finalmente publicado en el BOE, el 26 de octubre de 2022, m\u00e1s de cuatro a\u00f1os despu\u00e9s, de iniciada su elaboraci\u00f3n. La orden ministerial firmada por la ministra de transportes rebaja claramente su papel al de textual: \u00abuna gu\u00eda para la planificaci\u00f3n\u00bb, una \u00abreferencia\u00bb, si acaso, preferente.\u00a0El BOE ni lo publica integro, y lo deja en manos de una indefinida p\u00e1gina web, que puede cambiarse de un d\u00eda para otro. Incre\u00edble falta de inter\u00e9s del propio MITMA.<\/strong><strong><br><br>No s\u00f3lo nace ya obsoleto para sus prop\u00f3sitos, si no recortado. La propia orden ministerial fija claramente su alcance y evita los malos entendidos que Puertos del Estado atribuye siempre a este marco estrat\u00e9gico.\u00a0El pre\u00e1mbulo no hace una, sino varias referencias a este papel,\u00a0<em>\u00abse configura como una gu\u00eda para la planificaci\u00f3n de los puertos de inter\u00e9s general.\u00a0A partir de su aprobaci\u00f3n\u00a0pasar\u00e1 a ser la referencia a tener en cuenta en la elaboraci\u00f3n de las figuras de planificaci\u00f3n previstas.\u00bb<\/em>Es decir que le fija un papel de filosof\u00eda en estos tiempos cambiantes.<br><br>Llega obsoleto porque algunas de sus medidas m\u00e1s importantes, o m\u00e1s esperadas, est\u00e1n siendo superadas por la realidad. La principal medida esperada por los puertos es el aumento de plantillas de un 30% hasta el a\u00f1o 2030. Pues bien este aumento de plantillas va a quedar absorbida por las necesidades de polic\u00edas portuarios. Los polic\u00edas portuarios son ya casi m\u00e1s del 30% de la plantilla de los puertos. La otra medida que es la rebaja de las tasas, ya ha quedado claro por las intervenciones del presidente de que va a ser muy tasada y selectiva.<br><br>Adem\u00e1s\u00a0el aumento de las plantillas de personal de fuera de convenio,\u00a0se teme que quedar\u00e1 muy tasado por la necesidad de la aprobaci\u00f3n de la Cecir, el ministerio de hacienda.<br><br><\/strong>La propia p\u00e1gina web de Puertos del Estado muestra documentaci\u00f3n obsoleta de hace varios a\u00f1os con fotos del anterior presidente de Puertos del Estado, de la Encina y con informes y consideraciones desde el a\u00f1o 2019.<br><br>Parecido resultado se obtiene de las b\u00fasquedas en Google del documento del marco estrat\u00e9gico con referencias a hace dos a\u00f1os. Es esperable que tan importante documento sea finalmente publicado oficialmente por el BOE.<br><br>Es decir que el aumento pretendido de las plantillas quedar absorbido por as\u00ed decirlo por abajo por los polic\u00edas portuarios, y por arriba detenido por las limitaciones de Hacienda.<br><br>Los polic\u00edas portuarios que van camino de absorber gran parte de las plantillas portuarias, son una asignatura pendiente, porque Puertos del Estado, ha demorado y demora, durante a\u00f1os el nuevo Reglamento de explotaci\u00f3n y polic\u00eda portuaria de los puertos. Sin fijar correctamente sus plantillas y las posibles de externalizaci\u00f3n, los polic\u00edas portuarios se van comiendo los aumentos de plantilla.<br><br>La otra esperanza de las autoridades portuarias en cuanto a la contrataci\u00f3n de personal de fuera de convenio. Se ve en la incertidumbre de las limitaciones que imponga la CECIR, el \u00f3rgano de hacienda que est\u00e1 en plan perseguidor de los temas laborales tras las bajas incentivadas.<br><br>Teniendo en cuenta adem\u00e1s el horizonte de restricciones presupuestarias para el periodo 2024 2026, los aumentos de plantilla parece quedar frustrados por la tardanza de este marco estrat\u00e9gico.<br><br>Aqu\u00ed operan dos fuerzas importantes, por un lado que hacienda\u00a0<strong>no quiere reducir sus ingresos fiscales. Los mercados no admitir\u00edan como no lo han hecho con el Reino Unido un despilfarro fiscal en un pa\u00eds sometido a la presi\u00f3n de la prima de riesgo.<\/strong><br><br>Hacienda en esto, es por esta raz\u00f3n avariciosa.<br><br>Otra raz\u00f3n que empieza a vislumbrarse, es que al Estado le conviene un Puertos del Estado muy saneado de cara a su parcial privatizaci\u00f3n.<br><br>Yo se hablar de que el Estado podr\u00eda obtener 30.000 millones de euros, de una privatizaci\u00f3n de Puertos del Estado.<br><br>El resto de propuestas las m\u00e1s de ellas te\u00f3ricas del marco estrat\u00e9gico no pasan de declaraciones de intenciones bellamente expuestas.<strong><br><br>El\u00a0<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2022\/10\/26\/pdfs\/BOE-A-2022-17512.pdf\">BOE<\/a>\u00a0publica el 26 de octubre, la Orden TMA\/1014\/2022, de 7 de octubre, por la que se aprueba el Marco Estrat\u00e9gico del sistema portuario de inter\u00e9s general.<br><br>La Orden dice as\u00ed:<\/strong><em><br><br>\u00abMediante la presente orden, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana da cumplimiento a lo estipulado en la norma anteriormente mencionada aprobando el Marco Estrat\u00e9gico del sistema portuario de inter\u00e9s general, previa elaboraci\u00f3n, consultas a las Autoridades Portuarias y al sector portuario, y ratificaci\u00f3n por el Consejo Rector de Puertos del Estado en sesi\u00f3n de 5 de septiembre de 2022.<br><br>Este Marco Estrat\u00e9gico, cuyo \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n es el sistema portuario de inter\u00e9s general, configurado por veintinueve organismos portuarios (veintiocho Autoridades Portuarias y Puertos del Estado), que administran y gestionan los cuarenta y seis puertos de inter\u00e9s general, sustituye al \u00faltimo Marco Estrat\u00e9gico, que data de 1998. Tiene un horizonte temporal que se sit\u00faa en el a\u00f1o 2030.<br><br>El Marco Estrat\u00e9gico del sistema portuario estatal, objeto de esta orden,\u00a0<strong>se configura como una gu\u00eda para la planificaci\u00f3n de los puertos de inter\u00e9s general.<\/strong>\u00a0A partir de su aprobaci\u00f3n\u00a0<strong>pasar\u00e1 a ser la referencia a tener en cuenta en la elaboraci\u00f3n de las figuras de planificaci\u00f3n previstas<\/strong>\u00a0para el sistema portuario estatal. Y es que, de acuerdo con el art\u00edculo 52, apartado 2, del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias habr\u00e1n de sujetarse a los objetivos generales incluidos en el Marco Estrat\u00e9gico del sistema portuario de inter\u00e9s general, que ser\u00e1 ejecutado a trav\u00e9s de los Planes de Empresa y podr\u00e1 ser desarrollado por medio de Planes Estrat\u00e9gicos y Planes Directores de Infraestructuras.<br><br>El nuevo Marco Estrat\u00e9gico reformula el rumbo de los puertos espa\u00f1oles de titularidad estatal, actualizando sus bases de desarrollo estrat\u00e9gico, criterios de actuaci\u00f3n y objetivos generales, as\u00ed como adecu\u00e1ndolos a los nuevos requerimientos y a los condicionamientos imperantes tanto en el contexto nacional como internacional. Asimismo, aborda cuestiones no s\u00f3lo trascendentes sino urgentes, como la emergencia clim\u00e1tica, la transformaci\u00f3n digital o la irrupci\u00f3n de la econom\u00eda 4.0.<br><br>El Marco Estrat\u00e9gico se compone\u00a0<strong>de un bloque de estrategia que recoge el modelo de desarrollo estrat\u00e9gico, los criterios de actuaci\u00f3n y las l\u00edneas estrat\u00e9gicas y un bloque de medidas que integra, a su vez, los objetivos generales de gesti\u00f3n y las metas. Va acompa\u00f1ado de un ap\u00e9ndice que desarrolla las bases relativas al objetivo de ampliaci\u00f3n y reestructuraci\u00f3n del capital humano del sistema portuario estatal.<\/strong><br><br>El modelo de desarrollo estrat\u00e9gico se apoya en la consideraci\u00f3n en pie de igualdad de tres dimensiones:\u00a0<strong>la econ\u00f3mica, la ambiental y la social de los puertos espa\u00f1oles. El desarrollo de estas dimensiones se despliega en el Marco Estrat\u00e9gico a trav\u00e9s de siete criterios de actuaci\u00f3n considerados preferentes: eficiencia, conectividad, digitalizaci\u00f3n, innovaci\u00f3n, sostenibilidad, seguridad y transparencia.\u00a0<\/strong>El Marco Estrat\u00e9gico objeto de esta orden est\u00e1 orientado a la consecuci\u00f3n de un \u00f3ptimo portuario en 2030, con independencia del modelo de organizaci\u00f3n de los puertos de titularidad estatal.<br><br>Con base en los criterios\u00a0<strong>de actuaci\u00f3n preferentes,<\/strong>\u00a0se plantea un desarrollo en forma de diecis\u00e9is l\u00edneas estrat\u00e9gicas, entroncadas con los objetivos de desarrollo sostenible acordados en el seno de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015.<br><br>Las l\u00edneas estrat\u00e9gicas se desgajan en cincuenta y seis objetivos generales de gesti\u00f3n, cuyos resultados se materializan a trav\u00e9s de metas cuantitativas concretas construidas sobre indicadores medibles. Se fijan, entre otras, unas metas espec\u00edficas de ampliaci\u00f3n y reestructuraci\u00f3n del personal de los organismos portuarios, cuya cuantificaci\u00f3n se apoya en la consecuci\u00f3n de un \u00f3ptimo econ\u00f3mico en el contexto de autosuficiencia y de mercado en el que est\u00e1n inmersos los puertos de inter\u00e9s general. Se da cumplimiento, de este modo, al art\u00edculo 49, apartado 1, del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que establece que la estructura de personal de los organismos p\u00fablicos portuarios responder\u00e1 a los criterios de actuaci\u00f3n, a los objetivos generales de gesti\u00f3n y a las necesidades de recursos humanos del conjunto del sistema portuario fijados en el Marco Estrat\u00e9gico.<br><br>Por otra parte, el alcance y los contenidos del Marco Estrat\u00e9gico est\u00e1n dise\u00f1ados en coherencia con la \u00abEstrategia de movilidad segura, sostenible y conectada 2030\u00bb aprobada por el Consejo de Ministros el 10 de diciembre de 2021.<br><br>Se aprueba el Marco Estrat\u00e9gico del sistema portuario de inter\u00e9s general, que se adjunta como anexo de esta orden.<br><strong><br>El contenido del anexo podr\u00e1 consultarse en la siguiente direcci\u00f3n electr\u00f3nica: www.puertos.es.<\/strong><br><br>Segundo. Efectos.La presente orden producir\u00e1 efectos desde el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<br><br>Madrid, 7 de octubre de 2022.\u2013La Ministra de Transportes, Movilidad Agenda Urbana, Raquel S\u00e1nchez Jim\u00e9nez\u00bb.<br><\/em><br><strong>La propia p\u00e1gina web de Puertos del Estado muestra documentaci\u00f3n obsoleta de hace varios a\u00f1os con fotos del anterior presidente de Puertos del Estado, de la Encina y con informes y consideraciones desde el a\u00f1o 2019.<\/strong><strong><br><br>Parecido resultado se obtiene de las b\u00fasquedas en Google del documento del marco estrat\u00e9gico con referencias a hace dos a\u00f1os. Es esperable que tan importante documento sea finalmente publicado oficialmente por el BOE.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"792\" height=\"443\" src=\"https:\/\/www.oepb.org\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/Las-Palmas-teus-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-2223\" srcset=\"https:\/\/www.oepb.org\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/Las-Palmas-teus-1.jpg 792w, https:\/\/www.oepb.org\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/Las-Palmas-teus-1-300x168.jpg 300w, https:\/\/www.oepb.org\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/Las-Palmas-teus-1-768x430.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 767px) 89vw, (max-width: 1000px) 54vw, (max-width: 1071px) 543px, 580px\" \/><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>REVISTA PUERTOS Y NAVIERAS &#8211; 26\/10\/2022An\u00e1lisis. El MITMA lo rebaja a una mera\u00a0\u00abgu\u00eda para la planificaci\u00f3n\u00bb,\u00a0que cumplir\u00e1 quien quiera. 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